¿Tu radio usa licencias libres en sus producciones?
Licencias ¿Sabías que al colgar una producción de tu radio en Internet automáticamente adquiere Copyright?. No importa que tu quieras o no, a menos que digas lo contrario todos los derechos están reservados desde ese mismo momento en que la publicaste.
Es bastante común encontrar sitios web de los medios donde se suben audios de los programas de la radio y se invita a difundirlos y compartirlos, sin embargo no se especifica ninguna licencia de los mismos. Legalmente esto no tiene ninguna relevancia si no van acompañados de una licencia que diga que puedo hacer y que no con esos audios.
Pero antes de continuar explicando como debemos compartir las producciones debemos entender como funciona el Copyright.
Derechos de autor
El derecho de autor o Copyright es un conjunto de normas jurídicas. Afirman los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores por el simple hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada o inédita. La legislación sobre derechos de autor en Occidente se inicia en 1710 con el Estatuto de la Reina Ana.
En el momento en que es creada una obra inmediatamente adquiere copyright y todos los derechos quedan reservados. No se debe confundir el derecho de autor con el registro de la propiedad intelectual. El registro sirve para certificar que esa obra que ya tiene derechos de autor al momento de ser creada, nos pertenece, algunas opciones para poder registrar tu obra sin recurrir a las asociaciones de derecho de autor son Safe Creative o Creativechain por ejemplo.
Licencias libres
El problema con la forma que funciona el Copyright es que al momento de aplicarse restringe todos los derechos y no especifica a los demás que pueden y que no hacer con esa obra. En un principio no puedes hacer nada (todos los derechos reservados)
Para hacer frente a ese problema es que se crean las licencias libres. Una ves que podemos certificar que somos los propietarios de una obra podemos hacer uso del Copyright para licenciar las mismas otorgando ciertos derechos a priori.
Entonces ¿Como podemos decirle a los demás de ante mano y de manera inequívoca que es lo que pueden hacer con nuestra obra y que no?
Licencias Creative Commons
Creative Commons toma el modelo de licencias creado por Richard Matthew Stallman para el Software Libre y lo adapta a las obras artísticas.
La organización fue fundada en 2001 por Lawrence Lessig (exprofesor de derecho de la Universidad de Stanford y especialista en ciberderecho), Hal Abelson y Eric Eldred
Los instrumentos jurídicos desarrollados por la organización consisten en un conjunto de “modelos de contratos de licenciamiento” o licencias de derechos de autor (licencias Creative Commons o licencias CC) que ofrecen al autor de una obra una manera simple y estandarizada de otorgar permiso al público para compartir y usar su trabajo creativo bajo los términos y condiciones de su elección.
En este sentido, las licencias Creative Commons permiten al autor cambiar fácilmente los términos y condiciones de derechos de autor de su obra de “todos los derechos reservados” a “algunos derechos reservados”.
Las licencias Creative Commons no reemplazan a los derechos de autor, sino que se apoyan en estos para permitir elegir los términos y condiciones de la licencia de una obra de la manera que mejor satisfaga al titular de los derechos. Por tal motivo, estas licencias han sido entendidas por muchos como una manera en que los autores pueden tomar el control de cómo quieren compartir su propiedad intelectual.
Por otra parte hay que entender que no todas las licencias CC son libres desde el punto de vista del Software Libre y de la Cultura Libre ya que alguna de ellas imponen restricciones incompatibles con estas libertades.
Entonces veamos como podemos aplicar estas licencias a nuestras producciones y lo que significan.
Aplicación práctica de las licencias Creative Commons
Básicamente los términos de cada licencia dependen de cuatro condiciones:
Atribución (BY)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante.
No comercial (NC)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas para fines no comerciales.
No derivadas (ND)
El beneficiario de la licencia solamente tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar copias literales de la obra y no tiene el derecho de producir obras derivadas.
Compartir igual (SA)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de distribuir obras derivadas bajo una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original.
Hay seis licencias que combinan las cuatro condiciones básicas anteriores:
Atribución (CC BY)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Esta es una licencia libre.
Atribución – Compartir igual (CC BY-SA)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Con una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original. Esta es una licencia libre.
Atribución – No derivadas (CC BY-ND)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir, representar la obra siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. No tiene derecho a hacer obras derivadas.
Atribución – No comercial (CC BY-NC)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Siempre y cuando no se use para fines comerciales.
Atribución – No comercial – Compatir igual(CC BY-NC-SA)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra y hacer obras derivadas siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Siempre y cuando no se use para fines comerciales y se haga bajo una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original.
Atribución – No comercial – No derivadas (CC BY-NC-ND)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir y representar la obra siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Sin hacer uso comercial u obras derivadas.
Todas exigen la condición de Atribución. La condición de Compartir Igual derivadas bajo la misma licencia y la de No Derivadas son incompatibles entre sí, y es posible no incluir ni una ni otra. Igualmente la condición de No Comercial es opcional.
Sin embargo no todas las licencias Creative Commons son libres desde el punto de vista de la Cultura Libre y el Software Libre, en el siguiente gráfico te mostramos cuales son licencias libres desde este paradigma:
Licencia de producción de pares
La mejor forma de explicar estas licencias es con el siguiente ejemplo:
Un día Yahoo, empresa propietaria de Flickr, pone en venta las fotos de usuarios cuyas fotos tienen una licencia Creative Commons que permite un uso comercial. ¿Quién recibe las regalías económicas? Yahoo. El usuario que tomó la foto no recibe nada.
Ahora, si utilizas la licencias Creative Commons pero sin permitir los usos comerciales, también puede haber un problema. Veamos el caso de Radioteca.net. Todos los audios compartidos en este portal tienen una licencia Creative Commons BY-SA-NC, es decir, no se permite un uso comercial. Qué tal si una organización social quiere hacer una campaña contra el abuso sexual de niñas, niños y adolescentes. Hace un CD con producciones de Radioteca y quiere venderlo para sacar fondos para su campaña. Si nos ponemos legalistas, no podrían. Claro que no es justo comparar a Yahoo con una organización social. Pero las Licencias Creative Commons no hacen distinción en el uso comercial.
La licencia PPL permite el uso comercial, con la siguiente condición:
No Capitalista – La explotación comercial de esta obra sólo está permitida a cooperativas, organizaciones y colectivos sin fines de lucro, a organizaciones de trabajadores autogestionados, y donde no existan relaciones de explotación. Todo excedente o plusvalía obtenidos por el ejercicio de los derechos concedidos por esta Licencia sobre la Obra deben ser distribuidos por y entre los trabajadores.
Licencia de producción de pares (PPL)
El beneficiario de la licencia tiene el derecho de copiar, distribuir, exhibir, hacer obras derivadas y representar la obra siempre y cuando reconozca y cite la obra de la forma especificada por el autor o el licenciante. Hacer un uso comercial siempre que no seas una empresa y se haga bajo una licencia idéntica a la licencia que regula la obra original.
Especificaciones completas de esta licencia.
El Copyleft
El copyleft (izquierdo de autor) es una práctica legal que consiste en el ejercicio del derecho de autor con el objetivo de propiciar el libre uso y distribución de una obra, exigiendo que los concesionarios preserven las mismas libertades al distribuir sus copias y derivados. Los autores pueden aplicar una licencia con copyleft a programas informáticos, obras de arte, textos o cualquier tipo de trabajo creativo que sea regido por el derecho de autor.
El copyleft es propuesto como alternativa y defensa contra las restricciones al público en las que normalmente incurren los editores y la industria del entretenimiento. Se pretende así que quienes poseen los derechos patrimoniales de una obra la ofrezcan mediante una licencia libre; al mismo tiempo que una cláusula adicional (el copyleft en sí) protege los derechos ofrecidos en la licencia de intentos subsecuentes de privatización por parte del público (mientras la obra no pase al dominio público).
¿Aún no te queda claro que son todas estas cosas como el derecho de autor, las licencias Creative Commons o la de Producción de Pares?. Te dejamos el audio de esta charla-taller sobre licencias libres para medios comunitarios que se realizó el viernes 15 de abril 2016 en la red como parte de los preparativos para el II Encuentro de Radios Comunitarias y Software Libre.