Software Libre en Ecuador

#CumplimientoalDecreto1425 ésta iniciativa fue impulsada por varias personas y organizaciones sociales en redes en Ecuador.

Compartimos está iniciativa:

Más sobre la situación del Software Libre en Ecuador:

Software Libre en Ecuador: la necesidad de pasar del discurso a la práctica

Artículo de: Decio Machado / Director de la Fundación ALDHEA y Consultor especializado en análisis estratégico, comunicación y políticas públicas

Ecuador, durante estos últimos años, se ha dotado de una interesante legislación respecto al uso de Software Libre en la Administración Pública y el sector Conocimiento, sin embargo diferentes obstáculos alineados a los intereses de transnacionales tecnológicas están bloqueado la puesta en marcha de una política coherente con el marco legal vigente.

El presente documento hace un recorrido sobre los avances normativos en esta materia, indicando también los obstáculos y actores que protagonizan la ofensiva que en estos momentos sufre cualquier propuesta de política pública que tenga como enfoque, dentro del Buen Vivir, el Buen Conocer.

Es responsabilidad del nuevo Gobierno Nacional ponerle la valentia necesaria para darle cumplimiento a las políticas públicas destinadas al desarrollo del Software Libre al interior de la administración del Estado, dándole sentido a la legislación vigente y poniendo coherencia entre el discurso gubernamental y su praxis.

Quiero agradecer a los distintos colaboradores anónimos que han prestado su ayuda en la recolección de datos y su correspondiente análisis, sin su ayuda esa que presta por el bien del país este trabajo no habría sido posible.

Antecedentes

El personaje más representativo del Software Libre (1) a nivel mundial, Richard Stallman (2) , visitó por primera vez Ecuador en diciembre del 2006. Mediante el impulso de distintas comunidades de Software Libre nacionales se organizaron eventos en la Universidad Católica de Guayaquil y Quito, en la Escuela Superior Politécnica del Litoral (ESPOL), en la Escuela Politécnica del Ejército (ESPE) y en la Universidad Central del Ecuador. En aquel momento el objetivo de este gurú de la informática fue informar a la sociedad ecuatoriana sobre las ventajas del uso de Software Libre, virtudes entre las que destacan:

  • 1. Uso de programas con propósitos comerciales o educativos.
  • 2. Estudiar y modificar el código de estos programas libres de patentes de marca.
  • 3. Distribuir copias de dichos programas sin ninguna limitación.
  • 4. Mejorar los programas y hacer públicas las mejoras a las y los demás, de modo que toda la comunidad se beneficie sin que se requiera el pago de dinero por su licencia.

Cabe aclarar ante los lectores poco conocedores de este tema, que Software Libre no significa que “no es comercial”. Un programa libre debe estar disponible para el uso comercial, la programación comercial y la distribución comercial. La programación comercial de Software Libre ya no es inusual y su uso comercial se cataloga en la actualidad como muy importante. Un usuario puede haber pagado dinero para obtener copias de Software Libre o puede haber obtenido copias sin costo, pero más allá de cómo se obtuvieron las copias, siempre tendrá la libertad de copiar y modificar el software, incluso de vender copias de este.

Respecto a lo anterior cabe señalar entonces tres cuestiones:

a) El software de código abierto (open source), refiere a todo software cuyo código fuente está disponible para cualquier persona que necesite su acceso. Su definición involucra un movimiento contemporáneo que se centra en que al compartir el código, el programa resultante tiende a ser de calidad superior al software privativo. Parte de una visión basada en beneficios técnicos y económicos del código abierto y libre desarrollado bajo la idea pragmática en la que “se considera un éxito que las grandes compañías adopten el código abierto” (3).

b) Tomando en cuenta lo anterior, el Software Libre guarda similitud con la dinámica de código abierto, pues “no implica el pago de licencias de uso y permite obtener los códigos fuentes, con lo cual las instituciones pueden adaptar los sistemas a sus requerimientos específicos” (4). Citando a Stallman, “el software libre es una cuestión de libertad, no de precio” (5). En este sentido, el término “libre” guarda similitud con el concepto de “libertad de expresión” y no como un producto libre de costo. En su definición clásica respecto al Software Libre, Stallman habla de cuatro libertades definidas y promulgadas: “Libertad 0: la libertad para ejecutar el programa sea cual sea nuestro propósito; Libertad 1: la libertad para estudiar el funcionamiento del programa y adaptarlo a tus necesidades. El acceso al código fuente es condición indispensable para esto; Libertad 2: la libertad para redistribuir copias y ayudar así a tu vecino; Libertad 3: la libertad para mejorar el programa y luego publicitarlo para el bien de toda la comunidad. El acceso al código fuente es condición indispensable para esto” (6).

c) Una de las mayores experiencias en el concepto de software público en la región se encuentra en el gobierno de Brasil, donde se destacan los resultados en la gestión de tecnologías de la información y comunicación en la administración pública. De acuerdo a su legislación, el software desarrollado por instituciones públicas es por naturaleza un bien público, premisa que fue estableciendo la base para el concepto de software público (7).

Volviendo a Richard Stallman, durante su primera estancia en el país se desarrolló una reunión con el entonces presidente electo Rafael Correa, la cual daría sus frutos meses después.

En abril del 2007, el presidente Rafael Correa sorprendería a las comunidades internacionales del Software Libre grabando un mensaje de video (8) dirigido a las delegaciones de los países presentes en el Festival Latinoamericano de Instalación de Software Libre (FLISOL). En él se invitaba a todos los participantes del FLISOL a desarrollar el Software Libre de manera masiva. Justo un año después, en abril de 2008, el Gobierno Nacional emitiría el Decreto Presidencia 1014 (9) mediante el cual se adopta el Software Libre como política de Estado, pasando Ecuador a ser el tercer Estado latinoamericano tras Brasil y Venezuela en adoptar dicha modalidad software como política de Estado.

Marco legal desarrollado durante los últimos años

En el Decreto 1014 se indica:

  • Art. 1. Establecer como política pública para las Entidades de la Administración Pública Central la utilización de Software Libre en sus sistemas y equipamiento informáticos. (…)
  • Art. 4. Se faculta la utilización de software propietario (no libre) únicamente cuando no exista una solución de Software Libre que supla las necesidades requeridas, o cuando esté en riesgo la seguridad nacional, o cuando el proyecto informático se encuentre en un punto de no retorno. (…) Periódicamente se evaluarán los sistemas informáticos que utilizan software propietario con la finalidad de migrarlos a Software Libre.
  • Art. 5. Tanto para Software Libre como software propietario, siempre y cuando se satisfagan los requerimientos, se debe preferir las soluciones en este orden:

a) Nacionales que permitan autonomía y soberanía tecnológica.
b) Regionales con componente nacional.
c) Regionales con proveedores nacionales.
d) Internacional con componente nacional.
e) Internacionales con proveedores nacionales.
f) Internacionales.

  • Art. 6. La Subsecretaría de Informática como órgano regulador y ejecutor de las políticas y proyectos informáticos en las entidades del Gobierno Central deberá realizar el control y seguimiento de este Decreto.

El Decreto 1014 supuso una ruptura con las lógicas heredadas de las licencias de software, donde sin un permiso explícito del fabricante no se puede hacer prácticamente nada con un programa de software, así se haya realizado la compra del mismo por valores desorbitados.

En el mundo del Software Libre para contrarrestar esta práctica insana para ciertos sectores como la educación, la investigación y desarrollo, la innovación, la inclusión o el Estado, entre otros, se utiliza un sistema de licencias muy diseminado en los instrumentos legales internacionales, pero contemplando cierto giro en beneficio de la sociedad. Es en este contexto donde surgen una amplia variedad de licencias libres y semilibres para fines múltiples, desde las más libres hasta otras más laxas que en un acto de practicismo congenian las libertades y el procomún con el mundo comercial.

Con base en lo anterior, en diciembre del 2008 el gobierno de Ecuador a través de la Subsecretaría de Informática suspendería una licitación de software privativo para la adquisición por subasta inversa electrónica de 206 licencias antivirus, 206 licencias de Microsoft Office 2007 Professional OEM, 83 licencias de Windows XP Professional y una licencia Microsoft Exchange 2008, las cuales habían sido cuestionadas por la comunidad y miembros de la Asociación de Software Libre del Ecuador (ASLE).

Tras cumplirse el primer año desde que el presidente Correa decretase el uso de Software Libre en las Instituciones Públicas del Estado, una noticia del periódico El Comercio (10) indicaba que los ahorros para las arcas públicas por el uso de esta modalidad de software abierto se cuantificaban a enero del 2009 en unos USD 15 millones. En esta misma nota se hacía referencia también a que la Subsecretaría de Informática liberaría el código fuente del sistema de Gestión Documental llamado “Quipux” (un sistema que es basado en proyecto colombiano Orfeo (11)) para beneficio común.

La Secretaría de la Administración Pública publicaría en aquel momento las alternativas de Software Libre para el software privativo (ver Anexo I) en base a los criterios contemplados por la importación de Software Libre para el Ecuador (ver Anexo II).

El 12 de octubre de 2010 entrará en vigencia la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), mediante la cual se dispone el uso obligatorio de Software Libre en las universidad ecuatorianas. Adicionalmente, dicha ley especifica que la contratación de licencias de software privativo se realizará solo para fines académicos y a precios preferenciales. Tal disposición se enfocaba a apuntalar el esfuerzo del país para la adopción y migración de programas de software privativos a Software Libre y también la adopción de estándares abiertos (12).

Más allá de otros cuestionamientos que pudieran hacerse a la LOES, cierto es que la ley entendió que con el uso y desarrollo de Software Libre en las universidades se abría una oportunidad concreta para que la comunidad participara en el esfuerzo de construcción colectiva del software nacional. El resultado debería ser más soberanía para el país y protagonismo de la sociedad en el desarrollo de programas de computación de diverso orden. Evidentemente lo anterior, supone disputarle los espacios a empresas transnacionales que en la actualidad controlan dicho mercado a nivel nacional y global; pero su sentido esta en dotar a futuros profesionales nacionales de mayores alternativas tecnológicas para que desarrollen sus actividades en las empresas y minimizar la dependencia tecnológica. Todo ello además de generar un sustancial ahorro en inversión en software tanto para la Academia como para el país en general.

En el articulado de dicha LOES se contemplaría esta redacción:

Art. 32. Programas informáticos. Las empresas que distribuyan programas informáticos tienen la obligación de conceder tarifas preferenciales para el uso de las licencias obligatorias de los respectivos programas, a favor de las instituciones de educación superior, para fines académicos.

Y en su Disposición General Cuarta se indicaría:

Las instituciones de educación superior obligatoriamente incorporarán el uso de programas informáticos con Software Libre en los casos que las funcionalidades de estos programas sean similares al software propietario. Las universidades y escuelas politécnicas serán responsables por la aplicación de este artículo.

La apuesta de Ecuador parecía tan clara que la asociación Iniciativa Focus, en el marco de la Conferencia Internacional de Software Libre 2012, premiaría al presidente Rafael Correa con las distinción al político referente anual del Conocimiento Libre por su labor en la promoción del Software Libre. Unos meses más tarde, en el transcurso del Campus Party 2012, el presidente Correa seguiría planteando las virtudes del Software Libre y su lógica antagónica respecto a las tecnologías creadas por las transnacionales tecnológicas. Por último, al cerrar ese mismo año, los responsables de la elaboración del Programa de Gobierno 2013-2017 de Alianza PAIS asumirían como compromiso electoral el desarrollar la industria local de las Tecnologías de Información y Comunicación mediante el uso del Software Libre.

En paralelo y con la participación del Ecuador como “Estado Asociado”, a nivel regional también se darían avances importantes en el reconocimiento de la industria del Software Libre en lo referente a la soberanía regional y la ruptura con anteriores dependencias.

En la XLV Reunión Ordinaria del Consejo del MERCOSUR realizada en 2013 en Montevideo, en su documento titulado “Comunicado Conjunto de los Presidentes de los Estados Partes del Mercosur” se indica:

“45. Apoyaron el desarrollo de Software Libre, que permitirá potencial el desarrollo regional de soluciones en materia de Tecnología de la Información y las Comunicaciones (TICs), a fin de lograr una verdadera apropiación, promoción del libre conocimiento y transferencia tecnológica, reduciendo la dependencia de soluciones provistas por transnacionales del sector o por empresas no dispuestas a respectar las industrias nacientes de la región.

Afirmaron el interés de promover el uso de Software Libre en los programas nacionales destinados a la inclusión digital.

Ratificaron la necesidad de impulsar y fomentar la concreción de normas a nivel del MERCOSUR para la efectiva implementación de políticas de fomento de uso, desarrollo, implementación, investigación y transferencia tecnológica basados en el modelo de Software Libre”.

Un año después, en la Declaración de la 16va Cumbre Social del MERCOSUR, titulada “Articulando Luchas, Cultivando Resistencias” Caracas, julio de 2014 también se indicaría a su vez:

“Instamos a profundizar las políticas públicas orientadas a usar Software Libre y estándares abiertos (tecnologías libres), para construir una plataforma e infraestructura con soberanía e independencia tecnológica, que permita el control de su informática, que evite entre otras cosas el espionaje y la intrusión de los sistemas informáticos.

(…)

Articular iniciativas y planes regionales en el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC´s) con Software Libre, estándares abiertos y de gobierno electrónico, entre los países miembros y asociados del MERCOSUR, que implique la formación para el desarrollo de aplicaciones que atienda la infraestructura crítica de nuestros países aún bajo software y tecnologías privativas.”

Volviendo al ámbito nacional, en diciembre de 2016 entraría en vigor el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (COES), conocido popularmente como Código Ingenios. En la práctica esta nueva normativa sustituyó a la antigua Ley de Propiedad Intelectual y en materia de software permite al autor elegir el tipo de licencia con que quiere proteger su creación: licencias cerradas o licencias abiertas; describe qué es el Software Libre: aquel que no sólo permite usar un programa, sino también estudiar como funciona, compartirlo, mejorarlo y compartir sus mejoras; dispone usar Software Libre en la educación y el sector público; y dispone también que el usuario pueda elegir aparatos con cualquier software.

El Código Ingenios vino a significar un paso más dentro del sistema de Propiedad Intelectual debido a que promueve el uso del Software Libre. Es así que la ley se presentó como una propuesta revolucionaria en la medida que prioriza el beneficio ciudadano y el procomún, pasando a considerarse el Internet como un servicio básico y proponiendo el impulso de la tecnología nativa a través del uso del Software Libre.

Migraciones a Software Libre

Intentando ser consecuentes con los planes estratégicos del Gobierno Nacional Decreto 1014, LOES y COES y los acuerdos adoptados a nivel regional, el Ministerio Coordinador de Conocimiento y Talento Humano (MCCTH) planteó en 2016 un Plan de Actualización a Software Libre, es decir la migración de escritorios (sistemas operativos, ofimática y demás aplicativos de escritorios) del software privativo al Software Libre. Su objetivo era establecer una guía de trabajo para que el proceso de implementación de Software Libre en dicho ministerio fuese exitoso, optimizando los recursos hardware, software y talento humano.

Siguiendo directrices del Plan Nacional del Buen Vivir, donde se hace referencia a “la transformación del sistema económico para que efectivamente se convierta en un sistema social y solidario, en el que converjan la economía de mercado, la economía pública y la economía popular y solidaria” (13); se buscó dar sentido a objetivos comprendidos entre el número 8 y 12 del plan nacional de desarrollo, entre los cuales destacan el Objetivo Núm. 10: “Impulsar la transformación de la matriz productiva”, y el Objetivo Núm. 11: “Asegurar la soberanía y eficiencia de los sectores estratégicos para la transformación industrial y tecnológica que guardan estrecha relación con el impulso al Software Libre”.

Al menos sobre el papel se entendió que el software es un bien intangible asociado directamente al conocimiento y que su modelo de desarrollo libre es una alternativa de producción “incluyente que permite el aprendizaje y posibilita la creatividad individual y de grupo” (14).

Es así que desde el ya extinto MCCTH se plantearon cinco ejes estratégicos: soberanía, sostenibilidad, transparencia, inclusión y desarrollo.

Leer completo

Decio Machado / Director de la Fundación ALDHEA y Consultor especializado en análisis estratégico, comunicación y políticas públicas

Si te gustó el contenido comparte!!

Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *